¿El principio del fin del corazón

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El diario El País publica un amplio artículo sobre la sentencia que declara emitir imágenes de la vida personal de los famosos atenta contra su derecho a la intimidad, aunque sean tomadas en lugares públicos.

Y es que la Audiencia de Madrid ha condenado a Telecinco, la agencia Atlas y a Boomerang, productora del ya desaparecido programa Salsa Rosa, a indemnizar a Gonzalo Miró con 54.000 euros por emitir diversas grabaciones del joven con Eugenia Martínez de Irujo.

En las imágenes, se podía ver a la pareja en una gasolinera, en Marruecos, en una discoteca.. y también se grabó a Gonzalo llevando a Eugenia al Palacio de Liria y dándose un beso.  Sin embargo, cuando era preguntado por la relación, contestaba que sólo le importaba a él y a su entorno más próximo.

La resolución judicial que publica El País, dice que las relaciones afectivas y sentimentales de las personas, pertenecen al ámbito privado de las mismas, aunque sean personas con proyección pública, ya que ésta no elimina su derecho a la intimidad. Si tales personas deciden mantener estas relaciones al margen del conocimiento público, tal límite no puede ser traspasado. No importa que las imágenes se captaran en lugares públicos, ya que fueron obtenidas en el círculo íntimo de las personas afectadas.

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